La Ley de Salario Mínimo entró en vigor el 1 de enero de este año, y se espera que en el tercer trimestre se convoque la primera reunión del Comité de Revisión del Salario Mínimo. Para incorporar opiniones más diversas, el Ministerio de Trabajo anunció hoy 10 de junio que organizará la primera Reunión Consultiva sobre el Salario Mínimo a finales de junio, con el objetivo de establecer una buena base de interacción entre empleadores y empleados.
Según la Ley de Salario Mínimo, cada tercer trimestre se convocará el Comité de Revisión del Salario Mínimo, compuesto por representantes de los trabajadores, empleadores, gobierno y académicos, para decidir el ajuste anual del salario mínimo. Este comité estará formado por 21 miembros: el ministro de Trabajo, representantes del Ministerio de Economía, del Consejo Nacional de Desarrollo, 7 representantes de los trabajadores, 7 de los empleadores y 4 académicos.
El Ministerio de Trabajo informó que antes de la reunión del comité, se celebrará una Reunión Consultiva sobre el Salario Mínimo, que incluirá tres representantes adicionales tanto de los trabajadores como de los empleadores, y dos académicos del grupo de investigación, para recabar más opiniones. El viceministro Hsu Chuan-sheng (許傳盛) representará al Ministerio en la reunión, prevista para finales de junio. El director del Departamento de Condiciones Laborales, Huang Wei-chen (黃維琛), mencionó que esta reunión será similar a los grupos de trabajo anteriores, permitiendo a los miembros más interacción y comprensión de la situación económica. Debido a la previsión de que el índice de precios al consumidor superará el 2 % este año y al aumento de la tasa de crecimiento económico por la fuerte demanda de IA, se espera un aumento mínimo del 4 % en el salario mínimo para el próximo año. Huang señaló que aún es pronto para hablar del porcentaje de ajuste, que se confirmará tras la discusión del comité en el tercer trimestre.
El Ministerio de Trabajo también explicó que la actual Ley de Salario Mínimo ha incorporado explícitamente los indicadores socioeconómicos necesarios para revisar el salario mínimo, mejorando el mecanismo de revisión. El índice de precios al consumidor, que afecta directamente el poder adquisitivo de los trabajadores, se ha incluido como un indicador obligatorio, mientras que otros indicadores como el desarrollo económico nacional, los precios al consumidor y al productor, el desarrollo de diversas industrias y el empleo, y los salarios en diversos sectores se consideran opcionales para una evaluación integral de la situación económica y social.